Las elecciones locales de Bogotá de 2015 se llevaron a cabo el 25 de octubre de 2015 en la ciudad de Bogotá, donde fueron elegidos los siguientes cargos:
Los miembros de las Juntas Administradoras Locales de las 20 localidades de la ciudad (entre 7 y 13 por localidad, según su población).
Legislación
Según la Constitución de Colombia, pueden ejercer su derecho a sufragio los ciudadanos mayores 18 años de edad que no hagan parte de la Fuerza Pública, no estén en un proceso de interdicción, y que no hayan sido condenados. Las personas que se encuentran en centros de reclusión, tales como cárceles o reformatorios, podrán votar en los establecimientos que determine la Registraduría Nacional. La inscripción en el registro civil no es automática, el ciudadano debe dirigirse a la sede regional de la Registraduría para inscribir su identificación personal en un puesto de votación.
La Ley 136 de 1994 establece que para ser elegido alcalde se requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente del respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante un año anterior a la fecha de inscripción o durante un período mínimo de tres años consecutivos en cualquier época. El alcalde se elige por mayoría simple, sin tener en cuenta la diferencia de votos con relación a quien obtenga el segundo lugar. Sin embargo, actualmente se encuentra en trámite en el Congreso de la República un proyecto de reforma constitucional que establece la segunda vuelta para la elección del mandatario de la ciudad.
Está prohibido para los funcionarios públicos del Distrito difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones de televisión y de radio o imprenta pública, según la Constitución y la Ley Estatutaria de Garantías Electorales. También les está expresamente prohibido acosar, presionar, o determinar, en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.
De acuerdo con la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional de Colombia, que declaró la exequibilidad de la Ley 1475 (Reforma Política), el voto en blanco es «una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos» y agrega que «el voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. Como consecuencia de este reconocimiento la Constitución le adscribe una incidencia decisiva en procesos electorales orientados a proveer cargos unipersonales y de corporaciones públicas de elección popular».[4]
De acuerdo con el artículo 9 del Acto Legislativo 01 de 2009, en caso de victoria del voto en blanco,
"Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando el total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral".
Según lo anterior, si en la repetición de las votaciones llegara a ganar nuevamente el voto en blanco, quedaría como ganador el candidato que alcanzó la mayoría de votos válidos en el certamen electoral. Por lo cual, se elegirá el segundo puesto en votos. La Corte Constitucional, en sentencia C-490 de 2011 declaró inexequible la norma de la Reforma Política que ordenaba repetir elecciones «cuando el voto en blanco obtenga más votos que el candidato o lista que haya sacado la mayor votación» y en consecuencia la mayoría necesaria para repetir la elección es mayoría absoluta, es decir el 50% más 1 de los votos válidos, y no mayoría simple.
Alcaldía Mayor
El 25 de octubre de 2015 fue elegido alcalde de la ciudad Enrique Peñalosa, cuyo mandato comenzó el 1 de enero de 2016 y terminó el 31 de diciembre de 2019.[5] De 5.453.086 de votos potenciales, 2.811.209 participaron, recibiendo Peñalosa 903.764, es decir el 33,10%, mientras que su contrincante más cercano, Rafael Pardo, logró 778.050 es decir el 28,50% de los votos, y Clara López ocupó el tercer lugar con 498.710 votos, o sea el 18,26%.[2]
En su discurso, el alcalde electo Enrique Peñalosa recordó ante su electorado las cuatro campañas en las que se vio perdedor, "si uno tiene una pasión hay que persistir y trabajar duro por los sueños". continuó su mensaje a sus seguidores agradeciendo a su esposa Liliana Sánchez, a sus hijos Renata y Martín, a su madre y a su padre fallecido, quien, dijo, le enseñó a amar a Bogotá. Luego agradeció a las 200.000 personas que firmaron para respaldar su candidatura independiente; para los dirigentes de los partidos Conservador y Cambio Radical que se sumaron a su campaña; a los exalcaldes Jaime Castro y Antanas Mockus; y “muy especialmente” a Carlos Fernando Galán, “con quien prácticamente nos inventamos esto cuando parecía una locura”. Dio las primeras señales de lo que será la “recuperación de Bogotá”, tal como pregonó para regresar a la Alcaldía. Agradeció a los candidatos con los que compitió y aseguró que su Gobierno “será de todos, sin exclusión de nadie, todos serán bienvenidos a este gran proyecto, vamos a trabajar sin odios”. Prometió que los ciudadanos de menores recursos de la capital serán la máxima prioridad en su administración propendiendo por la igualdad de oportunidades. “Vamos a ser ambiciosos, vamos a dejar atrás la desesperanza, vamos a recuperar la autoestima, vamos a hacer una Bogotá a la altura de nuestros sueños más ambiciosos, una Bogotá de la que estemos orgullosos frente a Colombia y el mundo”, dijo para finalizar.[6]
Gustavo Petro, anunció que está preparado para hacer el empalme con el nuevo gobierno de Peñalosa. Rafael Pardo, quien quedó en segundo lugar, aceptó su derrota: "Felicitaciones al doctor Enrique Peñalosa ganador en franca lid. Bogotá queda en buenas manos. A todos mis votantes muchas gracias". Por su parte, al reconocer la derrota, Clara López llamó a apoyar el proceso de paz; pidió "seguir marchando unidos para la construcción de paz y reconciliación en Colombia".[7]
(¹) - Existen dos tipos de voto para elecciones para el Concejo de Bogotá. Con el voto preferente el partido o movimiento político opta por inscribir una lista abierta de tal manera que el elector vota no solo por el partido o movimiento político sino además por alguno de los candidatos que componen la lista. Obtienen curul los candidatos que más votos obtuvieron dentro del partido, dependiendo del número de escaños que alcance la colectividad, sin importar el orden de inscripción dentro de la lista. Con el voto no preferente se inscribe una lista cerrada de tal manera que el elector sólo vota por el partido o movimiento político. La asignación de curules se hace en el orden de inscripción dentro de la lista, dependiendo del número de escaños que alcance el partido.
↑Cifras&Conceptos, ed. (3 de febrero de 2015). «Alcaldías enero 2015». Archivado desde el original el 3 de febrero de 2015. Consultado el 20 de febrero de 2015.
↑«Así va la intención de voto». Centro Nacional de Consultoría. 20 de octubre de 2015. Archivado desde el original el 10 de octubre de 2015. Consultado el 21 de octubre de 2015.