Derecho administrativo globalEl derecho administrativo global (global administrative law, GAL o "derecho administrativo de la gobernanza global") es un campo emergente de investigación y práctica jurídica, basado en dos ideas centrales: primero, que mucho de lo que generalmente se describe como gobernanza global puede ser caracterizado adecuadamente como procedimientos administrativos; y, segundo, que crecientemente ese campo de acción está siendo regulado por principios, reglas y mecanismos asociados al derecho administrativo[1] - en particular, participación, transparencia, accountability, y revisión.[2] GAL, entonces, se refiere a las estructuras, procedimientos y estándares normativos para los procesos regulatorios de toma de decisiones, incluyendo transparencia, participación y revisión, y los mecanismos regidos por reglas para implementar esos estándares, que son aplicables a (i) organismos formales intergubernamentales,[3] (ii) redes informales regulatorias intergubernamentales; (iii) decisiones regulatorias de gobiernos nacionales que sean parte o que se encuentren limitadas por un régimen internacional intergubernamental; y (iv) a regímenes híbridos público-privados u órganos privados transnacionales regulatorios. El foco del campo no es el contenido específico de reglas sustantivas, sino la operación de principios y reglas procedimentales posibles o existentes, y la revisión de otros mecanismos relacionados con la accountability, transparencia, participación y revisión de legalidad en la gobernanza global.[4] Ideas centralesLos modelos de gobernanza global con los que contamos en la actualidad han sido moldeados por un silencioso pero importante y creciente cuerpo de normas procedimentales que rigen transversalmente su accionar. En el año 2005, Benedict Kingsbury, Richard B. Stewart y Nico Krisch publicaron un artículo proponiendo nuclear estas normas bajo el título de "derecho administrativo global".[4] Desde entonces, y gracias a un impulso inicial de un proyecto establecido por el Institute for International Law and Justice de la New York University School of Law, existe un creciente campo bibliográfico explorando, desarrollando y reflexionando sobre estas normas.[5] Subyacente al surgimiento del derecho administrativo global se encuentra el vasto incremento del alcance y formas de la regulación transgubernamental y de la administración diseñada a enfrentar las consecuencias de la interdependencia globalizada en áreas tales como la seguridad, las condiciones del desarrollo y la asistencia financiera a los países en desarrollo, la protección ambiental, la regulación bancaria y financiera, el cumplimiento de las leyes, las telecomunicaciones, el comercio de productos y servicios, la propiedad intelectual, los estándares laborales, los movimientos transfronterizos de poblaciones, incluyendo a los refugiados. Cada vez más, estas consecuencias no pueden ser adecuadamente afrontadas a través de medidas nacionales regulatorias y administrativas aisladas. Como resultado de ello, se han establecido diversos sistemas transnacionales de regulación o de cooperación regulatoria a través de tratados internacionales y de redes intergubernamentales de cooperación más informales, desplazando muchas decisiones regulatorias del nivel nacional al nivel global. Además, muchos de los detalles y de la implementación de dicha regulación se encuentran determinados por órganos administrativos transnacionales –incluyendo organizaciones internacionales y grupos informales de funcionarios- que desarrollan funciones administrativas pero que no están sujetos directamente al control de los gobiernos nacionales o a los sistemas legales domésticos o, en el caso de los regímenes basados en tratados, a los Estados parte del tratado. Estas decisiones regulatorias pueden llegar a ser implementadas directamente por el sistema global a actores privados o, aún más frecuentemente, a través de medidas de implementación a nivel nacional. Asimismo, es cada vez más importante la regulación por órganos privados internacionales que establecen estándares y por organizaciones híbridas público-privadas que pueden incluir, entre otros, representantes de empresas, ONGs, gobiernos nacionales, y organizaciones intergubernamentales. Esta situación ha creado un déficit de la accountability en el creciente ejercicio del poder regulatorio transnacional, el cual ha comenzado a estimular dos tipos diferentes de respuestas: primero, la tentativa de extender el derecho administrativo doméstico a las decisiones regulatorias intergubernamentales que afectan a una nación; y segundo, el desarrollo de nuevos mecanismos de derecho administrativo a nivel global para enfrentar decisiones tomadas y reglas adoptadas dentro de los regímenes intergubernamentales. Una cuestión un tanto distinta pero relacionada se da cuando las decisiones regulatorias por una autoridad doméstica afectan adversamente a otros Estados, a categorías determinadas de individuos u organizaciones, y son cuestionadas como contrarias a las obligaciones de ese gobierno bajo un régimen internacional del cual es parte. Frente a esto, una respuesta ha sido el desarrollo por los regímenes intergubernamentales de estándares de derecho administrativo y mecanismos a los cuales los administradores nacionales deben conformarse en aras de asegurar su cumplimiento y accountability adecuada con el régimen internacional. Para incrementar su legitimidad y efectividad, algunos órganos regulatorios no compuestos exclusivamente de Estados –órganos híbridos público-privados, y puramente privados- han también comenzado a adoptar procedimientos administrativos de toma de decisiones y de reglamentación.[2] Referencias
Bibliografía en español
Bibliografía en inglés
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