El Señorío de Huétor Tájar fue creado en tiempos del monarca Felipe II. A causa de los onerosos gastos de su política exterior, el monarca se vio obligado a vender señoríos con todo lo que ello conllevaba: rentas, pechos, alcabalas, etc. Estos señoríos jurisdiccionales eran hereditarios.[2] Por ello, la infanta regente Juana de Austria, usando el poder dado por el Rey en Bruselas el 29 de abril de 1558 para ejecutar tal decisión, otorgó la carta de venta de Huétor Tájar firmada en Valladolid el 28 de junio de 1559, por la que hizo realidad el acuerdo de la hacienda real con Antonio de Luna y Valois, Señor de Fuentidueña, el 3 de septiembre de 1558. Por el acuerdo se vendieron por cinco mil ducados de oro:
la Jurisdición cevil é criminal alta e baja, mero mixto imperio del Lugar de Huetor Tajar que es vuestro propio en el Reyno de Granada, en la jurisdiccion de la Ciudad de Loja, con sus rentas de Camara é otras cosas que son anejas a la jurisdiccion entera é plenaria é privativamente por vós é por vuestro Alcalde mayor é otras justicias que para ello pudiesedes poner en primera é segunda instancia en el dicho lugar é sus términos é dezmerías, el cual avía de ser é amojonarse.
Victoriano Guarnido Olmedo, El repartimiento de Huétor Tájar y su evolución posterior
La historia local corrió pareja a la del Señorío hasta su desaparición. Durante las centurias XVI a la XVIII, las crónicas no registran sucesos de importancia relacionados con el ámbito nacional, tal vez porque los señores de Huétor, que pertenecían a una de las casas nobiliarias más poderosas de España, guardaron respeto a la Corona y se adaptaron a las distintas situaciones políticas.
Los condes de Montijo y Fuentidueña fueron señores jurisdiccionales de Huétor hasta que los señoríos fueron abolidos el 6 de agosto de 1811 por las Cortes de Cádiz. Posteriormente fueron restablecidos temporalmente por Fernando VII, pero las leyes del 3 de mayo de 1823 y las de 23 y 26 de agosto de 1837 suprimieron para siempre la decrépita institución señorial. Sin embargo los señores de Montijo, a pesar de perder algunas de sus prebendas jurisdiccionales, siguieron manteniendo cierto control sobre la villa debido al control de impuestos como la alcabala, que eran cobrados por sus administradores, que no reparaban en esfuerzos para ejercer un poder coercitivo sobre los distintos organismos de poder del pueblo. Por ello se puede hablar de una continuación de facto del señorío.[4]
Hernánsanz Navas, Justo (1985). Fuentidueña y su alfoz: notas histórico-arqueológicas. Autoedición. ISBN978-84-398-4817-2.
Barrios Aguilera, Manuel (1986). Moriscos en la tierra de Loja: el apeo de 1571-1574: estudio y edición. Granada: Memoria de Licenciatura inédita. ISBN84-398-6108-7.
Jiménez Estrella, Antonio (2007) “Linajes y alcaides en el Reino de Granada bajo los Austrias. ¿Servicio militar o fuentes de enriquecimiento y honores?”, en Francisco Andújar Castillo (ed.), Los nervios de la guerra. Estudios sociales sobre el Ejército de la Monarquía Hispánica (siglos XVI-XVIII): nuevas perspectivas, Editorial Comares, Granada, págs. 89-120.[1]
Cuéllar Lázaro, Juan (2007). Fuentidueña: comunidad de villa y tierra. Alcobendas: Real del Catorce, S.L. ISBN978-84-935572-4-9.