Orden europea de detención y entrega

Decisión marco 2002/584/JAI
Texto adoptado de conformidad con el procedimiento de cooperación reforzada
Título Decisión Marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros
Hecho por Consejo de la Unión Europea
En base a Artículos 31 a) y b; y artículo 34.2 del TUE.
Referencia del DOUE OJ L 190, 18.7.2002, p. 1–20
Cronología
Fecha de aprobación 13 de junio de 2002
Entrada en vigor a los 20 días de su publicación en el DOUE
Fecha de transposición 31 de diciembre de 2003
Legislación vigente

Una orden europea de detención y entrega,[1]​ o euroorden,[2]​ es una resolución judicial emitida por un tribunal de un Estado de la Unión Europea con vistas a la detención y la entrega por otro Estado de una persona buscada, bien para el ejercicio de acciones penales o para la ejecución de una pena o medidas de seguridad privativas de libertad. Sustituye a la tradicional extradición sobre la base de prescindir de la intervención de la autoridad política, permitiendo que la persecución de los delitos en la Unión tenga lugar sola y directamente entre autoridades judiciales europeas. El gobierno de cada país intervendrá única y exclusivamente para prestar apoyo técnico, en especial para procurar la traducción de la orden de detención al idioma del país en el que deba ser ejecutada.

El proceso de entrega se aplica en función de la legislación vigente en el país receptor de la euroorden.[3]

Referencias

Bibliografía

Enlaces externos