Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario

Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario

Conjunto de Gran Cruz con brillantes de la Orden del Mérito Agrícola (primer modelo 1905-1931).
Otorgada por el Consejo de Ministros
Tipo Orden civil
Elegibilidad Personas físicas como jurídicas, públicas o privadas, españolas o de otros países.
Otorgada por Destacada actuación a favor de los sectores agrario, pesquero y alimentario en cualquiera de sus manifestaciones.
Soberano El rey de España
Canciller El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas
Estado En vigor
Estadísticas
Establecida 30 de marzo de 1987
Precedencia
Siguiente mayor Orden Civil del Mérito Postal[1]
Siguiente menor Orden de las Artes y las Letras de España

Cinta de la orden

La Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario es una distinción civil española que premia a las personas y entidades por su destacada actuación a favor de los sectores agrario, pesquero y alimentario en cualquiera de sus manifestaciones. Esta recompensa se encuentra regulada por el real decreto 421/1987, de 27 de febrero, por el que se crea la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario.[2]​ El real decreto se completa con la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 15 de abril de 1987 que establece su reglamento.[3]

La Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario posee medallas y placas, y se encuentra dividida en tres secciones: Mérito Agrario, mérito pesquero y mérito alimentario.

Historia

Tiene sus antecedentes en la Orden Civil del Mérito Agrícola, que fue creada por real decreto el 3 de diciembre de 1905 y su reglamento aprobado el 9 de febrero de 1906.[4]

Descripción

Las medallas, concedidas por secciones, distinguen a personas físicas. La Medalla de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario en cada una de sus tres secciones posee las siguientes categorías:

  • Gran Cruz (esta categoría puede entregarse para las tres secciones de forma conjunta). Lleva anexo el tratamiento de Excelencia.
  • Encomienda de Número. Lleva anexo el tratamiento de Ilustrísima.
  • Encomienda.
  • Cruz de Oficial.
  • Cruz.
  • Medalla de Bronce.

Las placas, también otorgadas por secciones, que están destinadas a corporaciones, instituciones, personas jurídicas, organismos o entidades públicas o privadas. En el caso de las placas existe la posibilidad de entregarla para las tres secciones de forma conjunta. Tienen las siguientes modalidades:

  • Placa de Oro.
  • Placa de Plata.
  • Placa de Bronce.

Desposesión de distinciones

El agraciado con cualesquiera de las categorías que haya sido sentenciado por la comisión de un delito doloso o pública y notoriamente haya incurrido en actos contrario a las razones determinantes de la concesión de la distinción podrá, en virtud de expediente iniciado de oficio o por denuncia motivada, y con intervención del Fiscal de la Real Orden, ser desposeído del título correspondiente a la distinción concedida, decisión que corresponde a quien la otorgó.

Referencias

Véase también