Orden del Libertador de los Esclavos José Simeón Cañas
La Orden del Libertador de los Esclavos José Simeón Cañas es una distinción otorgada por la República de El Salvador a Jefes de Estado o ciudadanos salvadoreños o extranjeros, que se hayan distinguido por relevantes hechos de carácter humanitario y social, científico, educativo o filantrópico; o como prueba de gratitud de la Nación (artículo 3 del Decreto de Creación). Grados
Por su parte, los demás grados son conferidos a «personalidades nacionales o extranjeras, como prueba de gratitud de la Nación y conforme a la escala de los más eminentes valores humanos, legalmente calificados por el Consejo de la Orden» (art 3, inciso 2.º del Decreto de Creación); los cuales son:
El Presidente de la República de El Salvador es el Jefe Supremo o Gran Maestro de la Orden y es considerado miembro nato (art. 9 del Reglamento de la Orden); el Ministro de Relaciones Exteriores es el Canciller de la misma. La condecoración cede su precedencia a la Orden Nacional José Matías Delgado (art. 2 del Reglamento). Según las disposiciones legales, se pierde el derecho al uso de la Orden por «sentencia condenatoria en juicio criminal»; y «cualquier acto contra la seguridad y el honor de la Patria, o que sea desdoroso para el decoro y lustre de la Orden»" (art. 10 del Reglamento). Consejo de la OrdenEsta recompensa es otorgada por el Presidente de El Salvador y es concedida de por vida. El galardonado es elegido a «propuesta del Consejo de la Orden, con la aprobación unánime de sus miembros, expresada en forma secreta, después de haberse instruido el expediente respectivo» (art. 4 del Reglamento). Aparte del Consejo, tienen iniciativa para proponer la admisión los Jefes de Misiones Diplomáticas salvadoreñas y las instituciones nacionales de alta significación benéfica (art. 5 del Reglamento). Según el artículo 5.º del Decreto de Creación, el Capítulo de la Orden radicará en la Secretaría de Relaciones exteriores, y dicho organismo es presidido por el Ministro del ramo en calidad de Canciller; los puestos de vocales o consejeros son ocupados por el Subsecretario de Relaciones Exteriores; el Director de Protocolo y Órdenes, quien fungirá como Secretario del Consejo y tiene a su cargo los libros de Actas, Promociones y Registros; y también cuatro funcionarios diplomáticos de grado no inferior al de Ministro y que presten servicio en el Ministerio de Relaciones Exteriores. El Secretario de la Orden es el encargado de guardar y conservar las insignias de las cuales debe tener un "inventario riguroso", y procede a su distribución, junto al diploma correspondiente (art. 13 del Reglamento). Las Promociones de la Orden deben publicarse en el Diario Oficial. Breve lista de miembros de la Orden del Libertador de los Esclavos José Simeón Cañas
† = Póstumo
Véase tambiénReferencias
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