Gobernador de la provincia de San JoséEn Costa Rica, el cargo de gobernador provincial de San José fue establecido mediante la Constitución de 21 de enero de 1847, cuyo artículo 157 dispuso "Habrá un Gobernador Político en cada departamento con las atribuciones y facultades que le designe la ley.". En el artículo 97 de la Constitución reformada de 22 de noviembre de 1849, se dispuso "En cada Provincia habrá un Gobernador de libre nombramiento y amovible a voluntad del Ejecutivo." Diversas normas legales y reglamentarias regularon los deberes y atribuciones de los gobernadores provinciales, entre ellas las Ordenanzas Municipales de 1867 y el Código Municipal de 1970. El cargo, sumamente importante en sus inicios, fue decayendo en competencias y relevancia a lo largo del siglo XX, y especialmente con el Código Municipal de 1970. Mediante la ley Nº 7794 de 30 de abril de 1998, nuevo Código Municipal, que entró en vigencia el 18 de julio de ese año, se transformó radicalmente la normativa sobre la materia, al punto de poder afirmar que los gobernadores de provincia, como órganos de la Administración Pública, dejaron de existir en Costa Rica. La gobernación más importantes fue la de la provincia de San José, por corresponderle a su titular las funciones de ejecutivo municipal o alcalde de la ciudad de San José, capital del país, cargo que equivalía al actual de alcalde. Nómina de los gobernadores de San José
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