Días de ondeo de bandera en MéxicoLos días de ondeo de la bandera mexicana son los días establecidos por el artículo 18 de la Constitución Mexicana sobre Armas, la Bandera e Himno Nacional para días específicos donde la bandera mexicana deberá ser izada por autoridades de todo tipo y en lo posible, por los civiles, además de en ocasiones ser izada a media asta. Asta completaLa bandera mexicana deberá ondear a toda su asta los siguientes días: [1]
Media astaEn los días siguientes, la bandera nacional ondea a media asta, conmemorando principalmente la muerte de héroes importantes. En cualquier momento, el Presidente de México puede emitir un decreto para izar la bandera a media asta en honor a la muerte de una persona que fue una figura importante del gobierno mexicano, de la sociedad mexicana, jefe de Estado de otra nación o un acontecimiento trágico de gran escala. Un ejemplo es que en el 19.º aniversario del terremoto de la Ciudad de México en 1985, el presidente Vicente Fox bajó las banderas a media asta para honrar a las aproximadamente 6.000 personas que murieron, o el presidente Leonel Godoy, que tras el atentado de Morelia de 2008 en el grito de dolores, decretó día de luto y mantener las banderas a media asta.[2]
Antiguos días de ondeoTambién ha habido ocasiones en las que se publicaron avisos oficiales del día de la bandera en el Diario Oficial de la Federación, pero luego fueron revocados. Uno de esos casos fue que el 1 de noviembre fue declarado feriado para izar la bandera nacional en 1991, pero luego fue eliminado de la lista cuatro años después mediante otra orden publicada en el Diario Oficial de la Federación. Notas
Referencias
Enlaces externos
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