Constitución de Colombia
La Constitución Política de la República de Colombia de 1991 es la carta magna de Colombia. Fue promulgada en la Gaceta Constitucional n.° 114 del domingo 7 de julio de 1991, y también se le conoce como la Constitución de los Derechos Humanos. Reemplazó a la Constitución Política de 1886 y fue expedida durante la presidencia del liberal César Gaviria.[1] HistoriaIntenciones reformistasA lo largo de los años Colombia había sufrido varias reformas adaptándose a los tiempos y las circunstancias del país.En 1986 se presentó una fallida reforma política que pretendía extender la participación ciudadana y evitar la corrupción administrativa. La primera propuesta de una asamblea constituyente fue una iniciativa del grupo guerrillero (M-19)Movimiento 19 de abril, presentada en su pliego de condiciones para liberar al político conservador cautivo Álvaro Gómez Hurtado. El presidente Virgilio Barco lanzó la propuesta de reformar la constitución a través de una consulta popular que condujera a la derogatoria del artículo 13 del plebiscito de 1957, que impedía aplicar métodos extraordinarios de reforma. El 30 de enero de 1988, se concretó la propuesta de la convocatoria de un referendo para el 13 de marzo de 1988 (fecha de las elecciones locales) a fin de que el propio constituyente primario dejara sin piso dicha barrera legal. No obstante, surgieron varios opositores, entre los que estaban los expresidentes Alfonso López Michelsen y Misael Pastrana, aunque este último se mostró abierto al diálogo con el gobierno, firmando el 20 de febrero de 1988 el Acuerdo de la Casa de Nariño, para convocar al pueblo a un referendo para el 9 de octubre de 1988. El expresidente Carlos Lleras Restrepo mostró su apoyo, sin embargo, un año antes había solicitado la reforma a través de un acto legislativo. El candidato presidencial Luis Carlos Galán mostró su apoyo abierto a la propuesta gubernamental de Barco. [2] Mediante el acuerdo se pactó realizar un Proceso de Reajuste Institucional de ocho meses, el cual contemplaba la creación de un órgano constituyente, originado en el Congreso; este presentaría una propuesta de reforma constitucional al Congreso, y luego, se realizaría un referéndum donde los artículos reformados se someterían a la aprobación del pueblo, y contemplaba la redacción de una propuesta a cargo de una comisión preparatoria, integrada por 14 miembros, 13 de los cuales eran representantes de los Partidos Liberal y Conservador. A pesar de que la reforma la dirigían estos dos partidos, la comisión preparatoria realizó cinco audiencias públicas convocando diferentes organizaciones no gubernamentales y organizaciones sociales. Durante estas audiencias se presentaron una serie propuestas individuales y colectivas, por parte de sindicatos, gremios, partidos, movimientos, universidades, etc. Tales organizaciones llevaron 523 propuestas, de estas difícilmente se podría extraer un proyecto político o modelo económico común, pues en su mayoría constituían reivindicaciones colectivas o sectoriales.[3][4][5] Sin embargo, el Acuerdo de la Casa de Nariño no pudo continuar avanzando, debido a que fue declarado inconstitucional por el Consejo de Estado, el 4 de abril de 1988, pese a esto el gobierno decidió presentar al consideración del Congreso un proyecto de reforma constitucional, el 27 de julio de 1988. No obstante, el 15 de diciembre de 1988, el gobierno hundió el proyecto de reforma en el Congreso debido a la injerencia del Cartel de Medellín, que teniendo congresistas en su nómina, habían agregado pocos días antes una pregunta para prohibir la extradición.[6] Tras el asesinato de Luis Carlos Galán, se dio lugar a un movimiento estudiantil y político que propuso la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para las elecciones de 1990, movimiento que surgió en el marco de la violencia que agitó a Colombia durante esa década y asociaba los problemas del país con la falta de participación e inclusión política, bajo la consigna "Aun podemos salvar a Colombia". Las desmovilizaciones de los grupos guerrilleros del Movimiento 19 de abril (M-19) en 1990, el Ejército Popular de Liberación (EPL) y el Movimiento Armado Quintín Lame en 1991, contribuyeron a crear un ambiente social en el que la transformación del país por la vía política y jurídica se veía como el camino más promisorio.[7] Convocatoria a la Asamblea Constituyente de 1991El movimiento promocionó la Séptima papeleta para las elecciones legislativas de 1990, la cual consistía en introducir una papeleta adicional durante los comicios para que los colombianos votaran si estaban de acuerdo en convocar a una Asamblea Nacional Constituyente que promulgara una nueva Constitución Política. Por lo anterior, el movimiento es comúnmente conocido como La Séptima Papeleta. El Consejo Electoral no aceptó la inclusión oficial del voto adicional durante la elección de Senado, Cámara de Representantes, asambleas departamentales, concejos municipales y alcaldes, (los gobernadores departamentales no se elegirían por votación popular hasta la Constitución de 1991); pero la papeleta se contó extraoficialmente y la Corte Suprema de Justicia reconoció la mayoritaria voluntad popular validando el voto. En diciembre de 1990 se convocaron a comicios para elegir los representantes a la Asamblea Nacional Constituyente, cuyos miembros firmaron la nueva constitución en una ceremonia pública el 4 de julio de 1991. Cuando se firmó públicamente la nueva Constitución sus artículos aún no habían sido terminados y el secretario general de la Constituyente, Jacobo Pérez, reunido con todo su equipo, aún se encontraba comprobando la veracidad de cada artículo para irlo incorporando al texto de la Constitución. Este trabajo concluiría en los primeros minutos del 7 de julio de 1991.[8] Los presidentes de la constituyente fueron Álvaro Gómez Hurtado por el Movimiento de Salvación Nacional, Horacio Serpa por el Partido Liberal y Antonio Navarro Wolff por la Alianza Democrática M-19 . De esta forma la historia de Colombia tuvo un giro sin precedentes ya que no solo se logró un cambio constitucional sino también que el grupo guerrillero M-19 entregara las armas y se integrara a la vida política nacional, y que a las comunidades indígenas se les garantizara representación en el Congreso de la República. EstructuraLa Constitución de Colombia posee un preámbulo, 13 Títulos, 380 artículos constitucionales y 67 artículos transitorios.[9] PreámbuloEl preámbulo sirve como un texto introductorio que menciona los objetivos, valores y principios que un país bajo esa Constitución se compromete a defender y seguir; así mismo, establece el Estado de Derecho e indica los objetivos fundamentales de esta.
Título UnoEl Título Uno de la Constitución describe los principios fundamentales de la Constitución. El Artículo 1 dice "Colombia es un Estado Social de Derecho" indicando que el objetivo de la atención del Estado es el bienestar del pueblo.
Título DosEl Título Dos describe los derechos, las garantías y los deberes. El Capítulo 1 habla de los derechos fundamentales. El Capítulo 2 describe los derechos sociales, económicos y culturales. El Capítulo 3 describe los derechos colectivos. El Capítulo 4 habla de la forma de proteger y aplicar los derechos dictados en la Carta. El Capítulo 5 de los deberes y obligaciones del ciudadano colombiano.
Capítulo 1: Derechos fundamentalesEl Título Dos, Capítulo 1 describe los derechos constitucionales de los ciudadanos, también llamados derechos naturales o de primera generación. Artículo 11
La vida es el presupuesto necesario de los demás derechos, un bien inalienable. La constitución protege la vida, además de que en el Artículo 1 consagra la solidaridad como uno de los postulados básicos del Estado. La Constitución respeta la autonomía moral del individuo y las libertades y derechos.[11] Artículo 13
El Artículo 13 establece la igualdad ante la ley de los ciudadanos, reconociendo el carácter universal de los derechos constitucionales. El principio de la igualdad se traduce en el derecho a que no se instauren excepciones o privilegios que exceptúen a unos individuos de lo que se conceden a otros en idénticas circunstancias.[12] Artículo 18
La libertad de conciencia se constituye en una vía para hacer cumplir la objeción de conciencia.[13][14]
Artículo 37
Artículo 38
En el Artículo 37 se constituye el derecho de reunión, distinto al derecho de asociación debido a su temporalidad y espacialidad. El derecho a la libre asociación y a la negociación colectiva son en el Estado social de derecho una garantía para la realización efectiva de los valores fundantes del Estado, como la convivencia, el trabajo, la justicia social la paz y la libertad[15][16]
Capítulo 2: Derechos económicos, sociales y culturalesEl Capítulo 2 contiene los derechos asistenciales o de segunda generación. Se aplica el principio de la solidaridad entre sociedad. Artículo 42
El Artículo 42 da a la familia un contexto más realista que contractual. Artículo 43La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozara de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Artículo 43 da a enterar que el Estado apoyara de manera especial a la mujer cabeza de familia. Artículo 49Señala la atención de la salud y el saneamiento ambiental.
Modificado por el Acto Legislativo No 02 de 2009. Reglamentado por la Ley 1787 de 2016. Capítulo 3: Derechos colectivos y del ambienteArtículo 78El Artículo 78 la ley regulación del control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad. Artículo 79El Artículo 79 todas las personas tienen derecho a gozar un ambiente sano. Así como el deber del Estado en proteger la diversidad e integridad del ambiente. Artículo 82El Artículo 82 expresa el deber del Estado de velar por la protección de la integridad del espacio público. Se defiende el interés común por encima del particular. Las entidades públicas participan en la plusvalía que genera su acción urbanística y regularán: la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano. En el Artículo 313 se asigna a los concejos municipales, la función de reglamentar los usos del suelo.
Capítulo 4: Protección y aplicación de los DerechosArtículo 86
El fallo podrá impugnarse, y el juez podrá enviarlo a la Corte Constitucional para revisión. El juez tiene diez días hábiles para pronunciarse sobre el derecho deprecado.[Nota 1] Artículo 88
Artículo 90
Este artículo puede considerarse una muestra de la ideología garantista que rodea a la Carta Magna de 1991, consagrándose como una cláusula general de la responabilidad del Estado.[17] Título TresEl Título Tres describe los nacionales y extranjeros, la edad a la cual se adquiere la ciudadanía, el territorio y los límites de la República. Título CuatroEl Título Cuatro describe las formas de participación democrática, los movimientos y partidos políticos y el estatuto de la oposición. El artículo 103 afirma las formas de participación democrática: "el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato." Título CincoEl Título Cinco describe la estructura del Estado y la Función Pública. Enumera las Tres Ramas del Poder Público. El Congreso es la rama legislativa del gobierno de la República. El Artículo 114 dispone lo siguiente: "Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración. El Congreso de la República, estará integrado por el Senado y la Cámara de Representantes."[18] El Gobierno Nacional (Presidente de la República, Vicepresidente, ministros del despacho y directores de departamentos administrativos), las gobernaciones y las alcaldías, las superintendecias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado, forman parte de la rama ejecutiva.[19] La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura —Comisión Nacional de Disciplina Judicial y el Consejo Nacional de Gobierno Judicial—, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces, Justicia Penal Militar "Tribunal de Garantías Penales" administran la rama judicial.[20] Capítulo 2El artículo 123 añade la definición de los servidores públicos.
Título SeisEl Título Seis describe la composición y funciones del Congreso, el poder legislativo del gobierno de la República. Las leyes que emanan de este órgano, sus integrantes y cámaras. Título SieteEl Título Siete describe la rama ejecutiva. Título OchoEl Título Ocho describe la rama judicial. Título NueveEl Título Nueve describe la organización electoral y las elecciones. Título DiezEl Título Diez describe los organismos de control. Título OnceEl Título Once describe la organización territorial. Título DoceEl Título Doce describe el régimen económico y la hacienda pública. Capítulo 1: De las disposiciones generalesCapítulo 2: De los planes de desarrolloArtículo 340
Artículo 342
Capítulo 3: Del presupuestoCapítulo 4: De la distribución de recursos y de las competenciasCapítulo 5: De la finalidad social del estado y de los servicios públicosArtículo 365
Artículo 366
Capítulo 6: De la Banca CentralTítulo TreceEl Título Trece describe los procedimientos para reformar la Constitución. Garantías constitucionalesLos Derechos Fundamentales en Colombia, tienen la siguiente clasificación: De aplicación inmediataDerecho a la vida, igualdad, reempleo socioeconómico de personalidad jurídica, intimidad, habeas data, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad personal en todas sus formas, a la libertad de conciencia, de expresión y de información y de cultos, a la honra y buen nombre, al derecho de petición, de libre circulación, a la libertad de escoger profesión y oficio, de enseñanza, aprendizaje investigación y cátedra, al habeas corpus, al debido proceso, a no ser sometido a sanciones de destierro, prisión perpetua o confiscación, al asilo, en los términos previstos por la ley, a las libertades de reunión y manifestación y a los derechos políticos. Carácter fundamentalLos derechos de los niños, que incluyen derechos prestacionales como la salud. Estatutos en el Bloque de ConstitucionalidadLas disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; Los Cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949; los protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra; La Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que pueden considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados y sus cuatro protocolos; La Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura; La Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas; Convenio 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva; Convenio 138 de la OIT sobre edad mínima de admisión de empleo; Convenio 182 de la OIT sobre la prohibición de peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación. Derechos fundamentales innominadosDignidad Humana; el mínimo vital; la seguridad personal frente a riesgos extraordinarios; y la estabilidad laboral reforzada de sujetos de especial protección consal (trabajadores con fuero sindical), personas discapacitadas, la mujer embarazada y los portadores de VIH - sida etc Derechos fundamentales por conexidadUn Derecho se relaciona con el Otro Ejemplo: Artículo 79, la Constitución Nacional (CN) consagra que: ¨ Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines¨. Esta norma constitucional puede interpretarse de manera solidaria con el principio fundamental del derecho a la vida, ya que este solo se podría garantizar bajo condiciones en las cuales la vida pueda disfrutarse con calidad. Derecho a la seguridad social en salud y la vida; Así muchos más en el C.P.C en derecho a la seguridad social en pensiones y el mínimo vital; derecho al pago oportuno de pensiones y el mínimo vital; derecho al pago de la licencia de maternidad y el mínimo vital; derecho a la educación; y derecho a un medio ambiente sano. Cambios introducidos en la Constitución de 1991
Reformas a la Constitución de 1991En la Constitución de 1991 la extradición de ciudadanos colombianos no fue permitida, pero el 17 de diciembre de 1997 este artículo fue derogado a condición de que la extradición no fuese retroactiva, es decir, no puede aplicarse a delitos cometidos desde antes de la promulgación de la ley.[23] La extradición fue un tema de vital importancia en esa época en Colombia debido a la persecución de narcotraficantes en el país. Otro cambio importante fue el de la reelección presidencial, la cual no era permitida por la Constitución, pero a partir de una reforma tramitada en el Congreso fue aprobada en octubre de 2005, lo que permitió que Álvaro Uribe Vélez fuera elegido presidente para un segundo periodo. En 2009 el Congreso aprobó la convocatoria a un referendo reeleccionista (la única manera posible de hacer nuevamente una reforma constitucional en este caso sin convocar a una Asamblea Nacional Constituyente) que permitiera un tercer periodo presidencial, pero el referendo fue anulado por la Corte Constitucional al hallarlo inexequible[24] La reelección presidencial fue eliminada el 3 de junio de 2015, tras una nueva reforma. Véase también
Notas y referencias
Referencias
Bibliografía
Enlaces externosFuentes gubernamentales
Fuentes externas
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