Concejo de Montería
El Concejo de Montería es una Corporación Administrativa de elección popular, compuesta por 19 concejales de diferentes tendencias políticas, elegidos democráticamente para un período de cuatro años, y cuyo funcionamiento tiene como eje rector la participación democrática de la comunidad. El concejo es la entidad legislativa del municipio, emitiendo acuerdos de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial. Entre sus funciones está aprobar los proyectos de los alcaldes, elegir personero y contralor municipal y posesionarlos, dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos. ComisionesComisiones `PermanentesLas Comisiones Permanentes son las encargadas de surtir en primer debate a los proyectos de acuerdo de su competencia, además ejercer las atribuciones del artículo 40 de la Ley 136 de 1994 y las demás que señale la ley. El Concejo de Montería cuenta con tres Comisiones Permanentes, cada una de ellas encargada de estudiar, en primer debate, los proyectos de acuerdo de su competencia; y diversas Comisiones Accidentales donde se trabajan temas específicos que afectan a la comunidad. Comisión PrimeraTiene como algunas de sus funciones adoptar los Planes de Desarrollo, el Plan de Ordenamiento Territorial, sus modificaciones y los instrumentos que lo desarrollan; y el estatuto de valorización. Comisión SegundaSe encarga entre otras, de estudiar el presupuesto Municipal, los impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, reducciones, exenciones y la redistribución por programas e incrementos de tales gravámenes. Comisión TerceraProcura el análisis de temas relacionados con la educación, cultura, recreación, salud, seguridad, bienestar social, vivienda, transporte y tránsito, bienestar laboral, deporte, entre otros. ConcejalesLa siguiente es la lista de concejales activos en la corporación y la división entre gobierno, oposición e independientes.[1]
Mesa Directiva Histórica
Referencias
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