Se considera patrimonio arbóreo monumental el conjunto de árboles cuyas características botánicas de monumentalidad o circunstancias extraordinarias de edad, porte u otros tipos de acontecimientos históricos, culturales, paisajísticos, científicos, de recreo o ambientales ligados a ellos y a su legado, los haga merecedores de protección y conservación. Abarca tanto a los ejemplares aislados como a las arboledas o conjuntos que contengan varios especímenes arbóreos.
Los árboles singulares destacan por ciertas características (edad, tamaño, historia, significación cultural o rareza) que les hacen merecedores de un especial cuidado y protección, por lo que constituyen parte del patrimonio natural. Una arboleda singular es un grupo de árboles singulares, o un conjunto armonioso de árboles que por separado no alcanzarían suficiente valor.[1]
Normativa
A los árboles reconocidos como monumentales o declarados singulares no se les puede talar ni dañar total ni parcialmente. Se establecen zonas de protección a su alrededor, cuya extensión varía según el paisaje, las especies asociadas, los peligros potenciales y otros factores. Para cualquier clase de protección debe pedirse un permiso a la administración competente. Para los casos en que alguien daña los árboles catalogados de singulares, las leyes estipulan sanciones.
↑Decreto 82/1985, de 29 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de la Ley 6/1984, de 29 de octubre, sobre Protección y Fomento de las Especies Forestales Autóctonas
↑Decreto 33/1998, de 5 de mayo, Catálogo Regional de Especies Amenazadas.
↑Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora.
↑Decreto 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de Flora Amenazada de Cataluña.
↑Resolución de 9 de junio de 2020 de la Dirección General de Medio Natural, por la que se actualiza el Catálogo de Árboles Monumentales de la Región de Murcia, declarados por protección genérica de la Ley 14/2016 de 7 de noviembre, de Patrimonio Arbóreo Monumental de la Región de Murcia.
↑Decreto 265/1995, de 16 de mayo, de Declaración de varios árboles singulares.
Bibliografía
Sesé JA (supervisión). Árboles de Aragón: guía de árboles monumentales y singulares de Aragón. Dirección General del Medio Natural. Zaragoza: PRAMES DL; 2000.